martes, 24 de agosto de 2010

Estamos siendo una de las 2 provincias sin estar adheridos a la ley nacional

LEY 2644

La Legislatura de la Provincia del Neuquén
Sanciona con Fuerza de
Ley:


Artículo 1º Adhiérase a la Ley nacional 24.901, de Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Artículo 2º Los entes necesarios para la implementación de la presente adhesión son:

a) La Junta Coordinadora de Atención Integral para el Discapacitado (JUCAID).
b) El Ministerio de Salud y Seguridad Social.
c) El Ministerio de Gobierno, Educación y Cultura.
d) El Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN).

Artículo 3º Convóquese a las ONG sin fines de lucro, de reconocida trayectoria e idoneidad en la temática, a designar dos (2) representantes para los fines establecidos en el artículo anterior.

Artículo 4º Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Junta Coordinadora de Atención Integral para el Discapacitado (JUCAID), a convocar a los representantes de los organismos y organizaciones mencionadas en los artículos 2º y 3º de la presente Ley, quienes deberán tener conocimiento de la temática de la discapacidad.

Artículo 5º Establécese un plazo de noventa (90) días para la implementación de la presente Ley.

Artículo 6º Invítase a los municipios y a las comisiones de fomento de la Provincia a adherir a la presente Ley

Artículo 7º Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los veintisiete días de mayo de dos mil nueve.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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